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Legislación

Subvenciones para el programa de empleo con apoyo como medida de fomento de empleo de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo 2019

BOA

ORDEN EIE/380/2019, de 28 de marzo, por la que se convocan para el año 2019 las subvenciones previstas en la Orden EIE/792/2018, de 9 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el programa de empleo con apoyo como medida de fomento de empleo de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo.

Primero.- Beneficiarios.

Las asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro que cumplan con los siguientes requisitos:

a) Tener ámbito de actuación en la Comunidad Autónoma de Aragón, siempre que estén legalmente constituidas conforme a su específica normativa reguladora, dispongan de personalidad jurídica y plena capacidad de obrar y figuren inscritas en el correspondiente registro público con una antigüedad de, al menos, un año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de las subvenciones.

b) Recoger como objeto social expresamente en sus estatutos la inserción o integración laboral, la creación de empleo o el desarrollo de programas de empleo dirigidos a personas con discapacidad.

c) Acreditar una experiencia de al menos un año en el desarrollo de proyectos de integración laboral dirigidos a personas con discapacidad en el ámbito del empleo con apoyo, del empleo protegido en centros especiales de empleo o del empleo ordinario en empresas normalizadas.

d) Contar en su plantilla con preparadores laborales especializados que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 7 o comprometerse a incorporarlos, así como disponer de los recursos materiales necesarios que garanticen un desarrollo idóneo de los programas de empleo con apoyo.

e) Suscribir el correspondiente convenio de colaboración con la empresa que va a contratar a los trabajadores con discapacidad a los que se les va a prestar el empleo con apoyo.

f) Desarrollar las actividades de empleo con apoyo de modo gratuito, sin que quepa el cobro o el percibo de ningún tipo de cantidad o tarifa a trabajadores ni empleadores.

Segundo.- Objeto.

La finalidad de la concesión de estas subvenciones es favorecer, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón, la integración laboral en el mercado ordinario de trabajo de personas con discapacidad con mayores dificultades de inserción a través de las diferentes acciones de empleo con apoyo contempladas en el artículo 4 de la citada Orden EIE/792/2018, de 9 de mayo.

Tercero.- Bases Reguladoras.

Orden EIE/792/2018, de 9 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el programa de empleo con apoyo como medida de fomento de empleo de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo, publicadas en el "Boletín Oficial de Aragón", número 98, de 23 de mayo de

.http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=901775623939

Cuarta.- Cuantía.

1. El presupuesto de 2018 de la Comunidad Autónoma de Aragón prorrogado para el ejercicio 2019, incluye en el presupuesto de gastos del Instituto Aragonés de Empleo dotación económica suficiente y adecuada para financiar el programa de empleo con apoyo como medida de fomento de empleo de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo.

2. La financiación de estas subvenciones estará constituida por fondos de empleo autonómicos del Gobierno de Aragón.

3. Las subvenciones convocadas se financiarán con cargo a la partida presupuestaria G/51016/3221/480540/91002 denominada "Empleo con apoyo" del Presupuesto de Gastos del Instituto Aragonés de Empleo, asignando a este fin un importe total de doscientos mil euros (200.000 €).

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.

De conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Orden EIE/792/2018, de 9 de mayo, el plazo de solicitud es de quince días a contar desde el día siguiente a la firma del convenio o acuerdo de prórrogas del mismo, regulados ambos en el artículo 8 y 9.1 respectivamente de la misma norma.

Para aquellos supuestos de empleo con apoyo que se hubiesen acordado en los términos establecidos en el artículo 8 de la Orden EIE/792/2018, de 9 de mayo, en el período de tiempo comprendido entre el 1 de octubre de 2018 y la fecha de entrada en vigor de la presente convocatoria, el plazo de quince días para la presentación de solicitudes se contará a partir de esta última fecha.

Sexto.- Otros datos.

Las solicitudes se formalizarán en los correspondientes modelos normalizados disponibles en la sede electrónica del Gobierno de Aragón, en la página web del Departamento y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

Las solicitudes deberán acompañarse, en su caso, de la documentación complementaria exigida en la Orden EIE/792/2018, de 9 de mayo.

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